Correlatividad de Facturas: ¿Es Obligatoria en las Modalidades de Facturación en Línea?

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La implementación de las modalidades de facturación en línea ha traído consigo importantes innovaciones, pero también ha generado algunas inquietudes entre los contribuyentes, como la necesidad (o no) de mantener la correlatividad en las facturas. En este artículo, aclaramos de manera sencilla y fundamentada si este requisito sigue siendo obligatorio y por qué se ha flexibilizado bajo el marco normativo vigente.

¿Qué establece la normativa sobre la correlatividad de las facturas?

De acuerdo con la Resolución Normativa de Directorio N° 102100000011 del 11 de agosto de 2021, en su Capítulo XIII, Artículo 69, Punto 2, Inciso b), se establece lo siguiente:

En el caso de las modalidades de facturación en línea, el número del Documento Fiscal no es obligatorio que sea correlativo, quedando a discreción del Sujeto Pasivo.

Esto significa que, bajo las nuevas modalidades de facturación en línea, el número correlativo de las facturas ya no es un requisito obligatorio. Este cambio otorga mayor flexibilidad a los contribuyentes en la administración de su facturación, manteniendo siempre el cumplimiento normativo.

Puedes consultar la normativa completa aquí:
Normativa sobre correlatividad - Resolución 102100000011

¿Por qué se eliminó el requisito de correlatividad?

La eliminación del requisito de correlatividad responde a varios factores técnicos y operativos:

  1. Limitaciones técnicas:
    En sistemas de facturación en línea, garantizar la correlatividad de las facturas en tiempo real es inviable, especialmente en casos de interrupciones del servicio del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) o problemas de conectividad.

  2. Identificación única mediante el CUF:
    El Código Único de Factura (CUF), también conocido como Número de Autorización, garantiza la singularidad de cada factura. Este identificador elimina la dependencia del número correlativo como herramienta principal para controlar la validez de los documentos fiscales.

  3. Alineación con la normativa técnica:
    Las normativas del Sistema Integrado de Administración Tributaria (SIAT) establecen procedimientos claros para manejar la emisión de facturas en casos de contingencias, asegurando la consistencia de los registros sin depender de la correlatividad.

Para más información técnica sobre estas disposiciones, consulta:
Documentación técnica del SIAT

¿Qué sucede si hay facturas con el mismo número?

Es posible que una factura aparezca en los registros con el mismo número pero con diferentes estados, como “Vigente” y “Anulada”. Esto no representa un error del sistema, sino una funcionalidad diseñada para cumplir con las normativas del SIN.

Razones clave:

  1. CUF como identificador único:
    El CUF garantiza que cada documento fiscal sea único, independientemente del número de factura.

  2. Anulación según normativa:
    Las facturas en estado “Anulada” son reportadas y registradas para mantener la trazabilidad y la transparencia en los reportes fiscales. Este procedimiento es recomendado por la normativa del SIAT.

Conclusión

La correlatividad de las facturas ya no es un requisito obligatorio en las modalidades de facturación en línea. Gracias al CUF, cada factura tiene un identificador único que garantiza su validez fiscal, incluso en casos de contingencias. Estos cambios reflejan un avance hacia procesos más flexibles y modernos, diseñados para facilitar el cumplimiento tributario sin comprometer la transparencia.

Si tienes más preguntas o necesitas asistencia con tu sistema de facturación, contáctanos. En Cirrus, estamos comprometidos a ofrecerte soluciones confiables y eficientes.


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